Nueva Elección de directiva del Comité de Agua Potable Rural de Chillancito


Después de haberse  demostrado por los vecinos el Tricel dictamino, que la elección de directiva del Comité de Agua Potable Rural de Chillancito  del mes de enero del presente año, fue mal echa, se hizo una nueva elección el día 15 de septiembre del año 2012, quedando de la siguiente manera:

Presidente  : Luís Santibáñez Pozo
Secretario   : Jorge Correa Olivares
Tesorera     : Lidia Cáceres González
Directores  : Victor Mora
                       




Concepción, diecisiete de julio de dos mil doce.-
                  

VISTOS :
                                 A fojas 32 se presentan la señora Lidia Cáceres González y los señores Luis Santibáñez Pozo y Jorge Correa Olivares en calidad, según declaran, de socios del Comité de Agua Potable Rural Chillancito de Quillón y solicitan se declare nula la conformación del Tribunal Calificador de Elecciones de dicha Organización, así como la Directiva del mismo Comité, elegida con fecha 25 de enero del año 2012. Fundan su pretensión en una serie de irregularidades que atribuyen al Tribunal antes mencionado, en términos de su integración y actuación y, en lo relativo a la elección impugnada, la basan en la circunstancia de no ser uno de los Directores elegidos, el señor Sergio Vargas, miembro del Comité; el parentesco entre los Directivos y, finalmente, la escasa participación de los socios en la elección.
                                 A fojas 1 y 2 rolan sendas cartas dirigidas a los recurrentes señores Cáceres y Correa, de fecha 11 de enero del 2012, en las cuales el Tribunal Calificador les deniega la posibilidad de postular a cargos en el comité, en razón de su supuesta inasistencia a las actividades y asambleas del mismo.
                                 A fojas 3 rola carta de don Jorge Correa, Presidente de la Junta de Vecinos del Itata a Marcia Concha Presidente del Tribunal Calificador a fin de que se reconsidere la decisión de excluirlo de postular a la Directiva.
                                 A fojas 6 a 10, se acompañan diversos documentos del Comité, consistentes en citaciones y avisos de reuniones.
                                 A fojas 11, se acompaña comunicación de Luis Santibáñez a la Comisión Fiscalizadora de Finanzas del Comité, solicitando un informe financiero del año 2000 a la fecha.
                                 A fojas 13 se acompaña detalle de gastos de la Directiva.
                                 A fojas 14 se acompaña documento de la Corte Suprema, referido a la situación procesal del señor Sergio Vargas en causa por giro doloso de cheques.
                                 A fojas 19, se acompañó un estado de resultado del Comité.
                                 A fojas 22 a la 31 rolan los Estatutos del Comité de Agua Potable Rural Chillancito.
                                 A fojas 45 se acompaña Acta Extraordinaria del Comité, de fecha de 28 de enero de 2006.
                                 A fojas 56 se acompaña “lista asistencia asamblea extraordinaria” del Comité, de fecha noviembre 26 del año 2011.
                                 A fojas 65 rola carta dirigida por Sergio Vargas a Luis Santibáñez, de fecha 18 de enero.
                                 A fojas 66 al 69, se adjuntan diversas notas del mismo tenor dirigida por la Presidenta del Tricel a distintos socios, indicándoles que con fecha 4 de febrero se realizará el sorteo de candidatos para la elección a efectuarse el 11 de febrero siguiente.
                                 A fojas 70 se acompaña el documento “acta renovación de directiva”, realizada en la fecha antes indicada, en la cual resultaron elegidos los señores Nelson Camus Presidente, Sergio Vargas, Tesorero, Linbano Bustamante, Secretario y don Sixto Iturra, como primer Director.
                                 A fojas 61 y siguientes figuran fotocopias del listado de socios con derecho a voto, con indicación de sus nombres, ruts, y firmas.
                                 A fojas 74 rola Acta de reunión general de Comité número 4, en fotocopia simple, en la cual se acuerda, entre otras materias, la realización de la elección de la Directiva de febrero siguiente y la composición del Tribunal Calificador.
                                 A fojas 79 a la 102 se adjunta el aviso relativo a la inscripción de candidatos y los votos emitidos con ocasión de la elección.
                                 A fojas 103 comparecen los miembros del Tribunal Calificador señores Concha, Silva y Garavitto y responden las impugnaciones y alegaciones hechas valer por la recurrente, en su presentación de fojas 32; concluyen solicitando el rechazo de la impugnación presentada.
                                 A fojas 112 se recibe la causa de prueba, fijándose como hecho controvertido la existencia de infracciones legales y estatutarias en la elección de fecha 11 de febrero del 2012.
                                 A fojas 122 se acompaña presentación de los mismos reclamantes a la Contraloría General de la República, sobre la solicitud del informe financiero que se habría hecho al Comité en el año 2006.
                                 A fojas 124 a la 128 los recurrentes hacen presente diversas circunstancias en relación al documento acompañado por el Tribunal impugnado.
                                 A fojas 131 se adjunta Acta de renovación del Directorio, con parte de recepción del Municipio de Quillón, de fecha 20 de febrero.
                                 A fojas 139 se ordenó traer los autos en relación.
                  CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO :     
                                 1°) Que, los reclamantes arriba individualizados solicitan se declare nula la conformación del Tribunal Calificador de Elecciones de dicha Organización, así como la Directiva del mismo Comité, elegida con fecha 25 de enero del año 2012.
                                 2º) Que, se ha acreditado la exclusión de los señores Lidia Cáceres González, Luis Santibáñez Pozo y Jorge Correa Olivares de la posibilidad de concurrir como candidatos a la elección, al margen del Estatuto, que exige en su artículo 21 un acuerdo de Asamblea General Extraordinaria.
                                 3º) Que, efectivamente, la Comisión Electoral fue integrada por personas que no son personalmente socios, tratándose de funciones indelegables y sin que, por lo demás, se haya acreditado poder alguno.
                                 4º) Que los electores fueron instruidos, según señalan los propios reclamados, a emitir “dos votos máximo”, contrariando expresamente el artículo 28 del Estatuto; falta que tiene el potencial de distorsionar la voluntad de los socios.
                                 5º) Que no se ha acreditado el cumplimiento de las disposiciones estatutarias sobre convocatoria y elecciones de la Junta, en la elección impugnada, en infracción a la Ley Nº 19.418 y otros requisitos estatutarios, lo cual ha impedido que se expresen válidamente las preferencias de los socios.
                                 Por estas consideraciones, se hace lugar, sin costas, a la solicitud de fojas 32 y siguientes y, en consecuencia, SE DECLARA la NULIDAD de la elección de la Directiva del Comité de Agua Potable Rural Chillancito de Quillón, que tuvo lugar el 25 de enero de este año, debiendo realizarse en su reemplazo una nueva elección, que deberá ser convocada por el Directorio anterior, con apego a la normativa autoimpuesta por el Comité en sus Estatutos.
                                 Póngase esta sentencia en conocimiento del Secretario Municipal de Quillón.
                                 De conformidad con lo ordenado a fojas 109, notifíquese esta sentencia por el estado diario. Además, notifíquese por un aviso en el Diario “La Estrella” de Concepción.-
                                 Redacción del miembro titular don Armando Cartes Montory.
                                 Regístrese.- En su oportunidad. ARCHÍVESE.-
                                 ROL N° 2.782-2012.-

DICTADA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL REGIONAL DE LA VIII REGIÓN DEL BÍO-BÍO, INTEGRADO POR DON RENATO CAMPOS GONZÁLEZ, PRESIDENTE TITULAR, DON EDUARDO SALAS CÁRCAMO Y DON ARMANDO CARTES MONTORY, MIEMBROS TITULARES.-  

                                                
                                                SERGIO CARRASCO DELGADO
                                                                                                            SECRETARIO-RELATOR.

Fiestas Patrias en Chile


Las Fiestas Patrias, también conocida informalmente como «El Dieciocho», son unafestividad chilena realizada anualmente los días 18 y 19 de septiembre.
Se celebran con el fin de conmemorar la formación de Chile como un Estado naciónindependiente de la Corona española. Este proceso independentista se inició históricamente con la proclamación de la Primera Junta Nacional de Gobierno el 18 de septiembre de 1810. Con mucha frecuencia se habla erróneamente de esta fecha como el Día de la Independencia —en realidad, la firma del Acta de Independencia se realizaría recién el 12 de febrero de 1818—.2
La celebración anual del 18 de septiembre se ha realizado en Chile desde 1811, en un inicio como conmemoración del establecimiento de la Primera Junta Nacional de Gobierno y luego como celebración del proceso independentista. La única excepción fue entre 1814 y 1817, durante el período de la Reconquista. Las festividades inicialmente duraban días e incluso semanas, convirtiéndose en una de las fiestas más populares dentro del naciente país. En1915, finalmente se estableció de manera oficial la duración de las Fiestas Patrias en dos días:3 así, el día 18 conmemoraría el proceso independentista del país mientras el día 19 sería titulado oficialmente como el «Día de las Glorias del Ejército».4
En la actualidad, las Fiestas Patrias son unas de las celebraciones más populares en Chile. Usualmente se resaltan las tradiciones típicas de la identidad nacional que conforman la llamada «chilenidad», particularmente el folclore chileno. Las fondas o ramadas se instalan en estas fechas como centros de entretenimiento, mezclando música, baile y platos típicos de la cocina tradicional. Dentro de las actividades oficiales, las autoridades chilenas celebran además el Te Deum Ecuménico y la Parada Militar.
El día 18 de septiembre es, junto con el Año Nuevo, la Navidad y el Día del Trabajo, uno de los cuatro días feriados obligatorios e irrenunciables en el año,5 6 lo que implica que está prohibida la realización de trabajos remunerados, a excepción de ciertos servicios de entretención y de urgencia. Durante la celebración de las Fiestas Patrias, además, es obligatorio el izamiento de la bandera chilena en todos los recintos privados y públicos del país.