Después de haberse
demostrado por los vecinos el Tricel dictamino, que la elección de
directiva del Comité de Agua Potable Rural de Chillancito del mes de enero del presente año, fue mal
echa, se hizo una nueva elección el día 15 de septiembre del año 2012, quedando
de la siguiente manera:
Presidente : Luís
Santibáñez Pozo
Secretario : Jorge Correa Olivares
Tesorera : Lidia Cáceres González
Directores : Victor Mora
Concepción, diecisiete de julio
de dos mil doce.-
VISTOS :
A fojas 32 se
presentan la señora Lidia Cáceres González y los señores Luis Santibáñez Pozo y
Jorge Correa Olivares en calidad, según declaran, de socios del Comité de Agua
Potable Rural Chillancito de Quillón y solicitan se declare nula la
conformación del Tribunal Calificador de Elecciones de dicha Organización, así
como la Directiva del mismo Comité, elegida con fecha 25 de enero del año 2012.
Fundan su pretensión en una serie de irregularidades que atribuyen al Tribunal
antes mencionado, en términos de su integración y actuación y, en lo relativo a
la elección impugnada, la basan en la circunstancia de no ser uno de los
Directores elegidos, el señor Sergio Vargas, miembro del Comité; el parentesco
entre los Directivos y, finalmente, la escasa participación de los socios en la
elección.
A fojas 1 y 2
rolan sendas cartas dirigidas a los recurrentes señores Cáceres y Correa, de
fecha 11 de enero del 2012, en las cuales el Tribunal Calificador les deniega
la posibilidad de postular a cargos en el comité, en razón de su supuesta
inasistencia a las actividades y asambleas del mismo.
A fojas 3 rola
carta de don Jorge Correa, Presidente de la Junta de Vecinos del Itata a Marcia
Concha Presidente del Tribunal Calificador a fin de que se reconsidere la
decisión de excluirlo de postular a la Directiva.
A fojas 6 a 10, se acompañan diversos
documentos del Comité, consistentes en citaciones y avisos de reuniones.
A fojas 11, se
acompaña comunicación de Luis Santibáñez a la Comisión Fiscalizadora de
Finanzas del Comité, solicitando un informe financiero del año 2000 a la fecha.
A fojas 13 se
acompaña detalle de gastos de la Directiva.
A fojas 14 se
acompaña documento de la Corte Suprema, referido a la situación procesal del
señor Sergio Vargas en causa por giro doloso de cheques.
A fojas 19, se
acompañó un estado de resultado del Comité.
A fojas 22 a la 31 rolan los Estatutos
del Comité de Agua Potable Rural Chillancito.
A fojas 45 se acompaña Acta Extraordinaria del
Comité, de fecha de 28 de enero de 2006.
A fojas 56 se
acompaña “lista asistencia asamblea extraordinaria” del Comité, de fecha
noviembre 26 del año 2011.
A fojas 65 rola carta dirigida por
Sergio Vargas a Luis Santibáñez, de fecha 18 de enero.
A fojas 66 al
69, se adjuntan diversas notas del mismo tenor dirigida por la Presidenta del
Tricel a distintos socios, indicándoles que con fecha 4 de febrero se realizará
el sorteo de candidatos para la elección a efectuarse el 11 de febrero
siguiente.
A fojas 70 se
acompaña el documento “acta renovación de directiva”, realizada en la fecha
antes indicada, en la cual resultaron elegidos los señores Nelson Camus
Presidente, Sergio Vargas, Tesorero, Linbano Bustamante, Secretario y don Sixto
Iturra, como primer Director.
A fojas 61 y
siguientes figuran fotocopias del listado de socios con derecho a voto, con
indicación de sus nombres, ruts, y firmas.
A fojas 74
rola Acta de reunión general de Comité número 4, en fotocopia simple, en la
cual se acuerda, entre otras materias, la realización de la elección de la
Directiva de febrero siguiente y la composición del Tribunal Calificador.
A fojas 79 a la 102 se adjunta el
aviso relativo a la inscripción de candidatos y los votos emitidos con ocasión
de la elección.
A fojas 103
comparecen los miembros del Tribunal Calificador señores Concha, Silva y
Garavitto y responden las impugnaciones y alegaciones hechas valer por la
recurrente, en su presentación de fojas 32; concluyen solicitando el rechazo de
la impugnación presentada.
A fojas 112 se
recibe la causa de prueba, fijándose como hecho controvertido la existencia de
infracciones legales y estatutarias en la elección de fecha 11 de febrero del
2012.
A fojas 122 se
acompaña presentación de los mismos reclamantes a la Contraloría General de la
República, sobre la solicitud del informe financiero que se habría hecho al
Comité en el año 2006.
A fojas 124 a la 128 los recurrentes
hacen presente diversas circunstancias en relación al documento acompañado por
el Tribunal impugnado.
A fojas 131 se
adjunta Acta de renovación del Directorio, con parte de recepción del Municipio
de Quillón, de fecha 20 de febrero.
A fojas 139 se
ordenó traer los autos en relación.
CON
LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO :
1°)
Que, los reclamantes arriba individualizados solicitan se declare nula la
conformación del Tribunal Calificador de Elecciones de dicha Organización, así
como la Directiva del mismo Comité, elegida con fecha 25 de enero del año 2012.
2º) Que, se ha acreditado la exclusión
de los señores Lidia Cáceres González, Luis Santibáñez Pozo y Jorge Correa
Olivares de la posibilidad de concurrir como candidatos a la elección, al
margen del Estatuto, que exige en su artículo 21 un acuerdo de Asamblea General
Extraordinaria.
3º) Que, efectivamente, la Comisión
Electoral fue integrada por personas que no son personalmente socios,
tratándose de funciones indelegables y sin que, por lo demás, se haya
acreditado poder alguno.
4º) Que los electores fueron
instruidos, según señalan los propios reclamados, a emitir “dos votos máximo”,
contrariando expresamente el artículo 28 del Estatuto; falta que tiene el
potencial de distorsionar la voluntad de los socios.
5º) Que no se ha acreditado el
cumplimiento de las disposiciones estatutarias sobre convocatoria y elecciones
de la Junta, en la elección impugnada, en infracción a la Ley Nº 19.418 y otros
requisitos estatutarios, lo cual ha impedido que se expresen válidamente las
preferencias de los socios.
Por estas
consideraciones, se hace lugar, sin costas, a la solicitud de fojas 32 y
siguientes y, en consecuencia, SE
DECLARA la NULIDAD de la
elección de la Directiva del Comité
de Agua Potable Rural Chillancito de Quillón, que tuvo lugar el 25 de enero de
este año, debiendo realizarse en su reemplazo una nueva elección, que deberá
ser convocada por el Directorio anterior, con apego a la normativa autoimpuesta
por el Comité en sus Estatutos.
Póngase esta
sentencia en conocimiento del Secretario Municipal de Quillón.
De conformidad con lo ordenado a fojas 109, notifíquese
esta sentencia por el estado diario. Además, notifíquese por un aviso en
el Diario “La Estrella” de Concepción.-
Redacción del
miembro titular don Armando Cartes Montory.
Regístrese.-
En su oportunidad. ARCHÍVESE.-
ROL N°
2.782-2012.-
DICTADA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL
REGIONAL DE LA VIII REGIÓN DEL BÍO-BÍO, INTEGRADO POR DON RENATO CAMPOS
GONZÁLEZ, PRESIDENTE TITULAR, DON EDUARDO SALAS CÁRCAMO Y DON ARMANDO CARTES MONTORY,
MIEMBROS TITULARES.-
SERGIO CARRASCO DELGADO